Poderes fuera de registro

podernfuera de registro

Se considera un instrumento de uso limitado y específico debido a las facultades que por él se pueden otorgar, toda vez que, generalmente, se utiliza para delegar facultades de representación que permiten realizar gestiones netamente administrativas.

Mediante esta modalidad de poder, se pueden otorgar facultades para el cobro de dinero hasta por tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Para el cobro de dinero más de tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT) se requiere un Poder por Escritura Pública, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto Legislativo Nº 1049 “ Ley del Notariado” y su Reglamento. (*)

Requisitos:

–          Presentar su DNI vigente en caso de peruano y Pasaporte si es extranjero.

–          Si es peruano, deberá estar inscrito en el Registro de Nacionales de la Oficina Consular.

* Algunas instituciones bancarias en el Perú, como el Banco Continental sólo aceptan este tipo de poder para el cobro de dinero hasta por una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Por ello se sugiere comunicarse previamente con la entidad bancaria antes de otorgar un poder.

Nota: Con este poder se puede solicitar ante el Banco de la Nación la entrega de la Tarjeta Multired Desmagnetizada, la que únicamente permite el retiro de dinero por ventanilla. En caso de requerir efectuar retiros tanto de ventanilla como del cajero automático, se deberá otorgar un Poder por Escritura Pública solicitando la entrega de la Tarjeta Multired Magnetizada.